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ORDEN PRE/499/2018, de 20 de febrero, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio encomienda de transporte escolar a la Comarca de la Jacetania para el curso 2017/2018.

Publicado el 26/03/2018 (Nº 60)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2018/6/0215 la adenda al convenio encomienda suscrita, con fecha 2 de noviembre de 2017, por la Directora del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte en Huesca y la Presidenta de la Comarca La Jacetania y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 20 de febrero de 2018.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONVENIO ENCOMIENDA DE TRANSPORTE ESCOLAR

A LA COMARCA DE LA JACETANIA CURSO 2017/2018

Huesca, 2 de noviembre de 2017

De una parte, la Sra. Dña. Olga Alastruey Alpín en su calidad de Directora del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte en Huesca, en virtud de la autorización conferida por el Decreto 105/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la delegación de competencias en materia de transporte escolar de la Comunidad Autónoma de Aragón a las Comarcas de Sobrarbe, La Ribagorza, La Jacetania, Alto Gállego, Cuencas Mineras y al Municipio de Barbastro, para el curso 2017/2018

De otra, la Sra. Dña. Monserrat Castan Arnal, presidenta de la Comarca de la Jacetania,

El Decreto 109/2017, de 18 de julio, del Gobierno de Aragón, se autoriza la delegación de competencias en materia de transporte escolar de Comunidad Autónoma de Aragón a diversas entidades en materia de transporte escolar, entre ellas la Comarca La Jacetania.

En la disposición Tercera del citado decreto se faculta al Director del Servicio Provincial correspondiente para su formalización mediante la firma del convenio con la entidad encomendada, en nombre y representación del Gobierno de Aragón.

En virtud de dicho Decreto, con fecha 17 de agosto de 2017, fue firmado por ambas partes convenio de delegación de competencias, al objeto de establecer las reglas y forma de ejecución de la delegación de competencias en materia de transporte escolar para el curso 2017-2018, que el Gobierno de Aragón, como administración encomendante otorga a favor de la Comarca del La Jacetania, como administración encomendada.

El citado convenio fue inscrito en el Registro General de Convenios el 18 de septiembre, con el número 2017/6/0391

En la cláusula octava se establecía la cantidad máxima a abonar por el Gobierno de Aragón por un importe de 489.970,85 €, según lo establecido en los anexos I y II en los que se especifica que los centros a los que se presta el servicio, así como las cantidades máximas mensuales convenidas.

Tramitado en tiempo y forma expediente de delegación de competencias en materia de transporte escolar, una vez conocidos los listados definitivos de alumnos de los centros, se registran las siguientes incidencias:

1. Como consecuencia de la suspensión temporal de la escolarización de la unidad de Santa Engracia de Jaca perteneciente al CRA Rio Aragón por este Servicio Provincial, siendo que dichos alumnos tienen derecho a ser transportados la Unidad de Santa Cilia perteneciente al mismo CRA Río Aragón y dado que esta situación se ha generado una vez realizada la planificación del convenio de delegación de competencias, se ha propuesto por parte de la Comarca la modificación de determinadas rutas y transportes existentes y la creación de una nueva ruta de transporte desde la localidad de Santa Engracia, Puente la Reina de Jaca hasta el colegio en Santa Cilia. Quedando configuradas las rutas afectadas como se detalla en el cuadro a continuación:

En consecuencia, el anexo II debe modificarse:

1. Donde dice:

Debe decir:

2. Donde dice:

Debe decir:

3. Donde dice:

Debe decir:

4. Y añadirse una nueva línea:

En conclusión, la adenda propuesta no supone un mayor compromiso de gasto que el adquirido inicialmente por el Departamento, porque aunque el coste económico de esta nueva ruta de transporte escolar que se estima en 44,16 €, y no existe disminución del precio/día en las restantes rutas modificadas, puede asumirse con las bajas que se han dado en el concurso para la contratación de las rutas de transporte escolar. El convenio establece un precio/día de 2.790,73 €/día para el total de las 27 rutas programadas. Una vez realizados los contratos, el compromiso firmado para la ejecución de todas las rutas es de 2.683,59 €/día, por lo que queda disponibilidad económica para sumir esta nueva ruta

Por todo ello, acuerdan la suscripción de la presente adenda del convenio conforme a lo dispuesto en el Decreto 109/2017, de 18 de julio, del Gobierno de Aragón.

Primera.- Queda modificado el anexo II del convenio encomienda de gestión en materia de transporte escolar suscrito entre el Gobierno de Aragón y la Comarca del La Jacetania, según detalle:

1. Como consecuencia de la suspensión temporal de la escolarización de la unidad de Santa Engracia de Jaca perteneciente al CRA Rio Aragón por este Servicio Provincial, siendo que dichos alumnos tienen derecho a ser transportados la Unidad de Santa Cilia perteneciente al mismo CRA Río Aragón y dado que esta situación se ha generado una vez realizada la planificación del convenio de delegación de competencias, se ha propuesto por parte de la Comarca la modificación de determinadas rutas y transportes existentes y la creación de una nueva ruta de transporte desde la localidad de Santa Engracia, Puente la Reina de Jaca hasta el colegio en Santa Cilia. Quedando configuradas las rutas afectadas como se detalla en el cuadro a continuación:

En consecuencia, el anexo II debe modificarse:

1. Donde dice:

Debe decir:

2. Donde dice:

Debe decir:

3. Donde dice:

Debe decir:

4. Y añadirse una nueva línea:

Segunda.- La adenda propuesta no supone un mayor compromiso de gasto que el adquirido inicialmente por el Departamento.

Tercera.- En lo no previsto en esta Adenda permanecerá vigente lo dispuesto en el convenio.

Cuarta.- Se incorpora a la presente Adenda el anexo II redactado de manera definitiva según modificación señala en la cláusula primera.

Quinta.- Los efectos de esta Adenda surtirán desde 6 de octubre de 2017

Y en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, por duplicado ejemplar